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Incapacidad Temporal o baja laboral del autónomo

noviembre 25, 2018

¿Te has preguntado alguna vez cómo funciona la baja laboral del autónomo? ¿Sabías que es posible acogerse a esta incapacidad temporal siendo trabajador por cuenta propia? En este artículo te vamos a explicar que no solo es totalmente posible acogerse a ella, sino que además te aclararemos qué requisitos necesitas y cuáles son los trámites para formalizarla.

Baja laboral del autónomo

Cualquier trabajador por cuenta propia tiene derecho a recibir una incapacidad laboral si ha sufrido alguna de estas situaciones:

  • Una enfermedad común o accidente no laboral.
  • Un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

No se contemplan:

  • Accidentes que han tenido lugar durante los desplazos desde o hacia el trabajo.
  • Accidentes causados por fuerza mayor fuera del trabajo.
  • Accidentes causados por el dolor o la imprudencia temeraria del trabajador.

La duración de la baja temporal es de 12 meses máximo, con posibilidad de una extensión de seis meses si se considera que el trabajador puede completar su proceso de curación durante la prórroga. La cuantía del subsidio depende del motivo de la baja y de cuánto ha cotizado el trabajador. Si se trata de un accidente de trabajo o enfermedad profesional este cobrará el 75% de la base reguladora a partir del día siguiente de la baja médica. En cambio, por una enfermedad común o de un accidente no laboral cobrará el 60% de la base reguladora a partir del cuarto día hasta el vigésimo, a partir de ahí aumentará a un 75%.

Requisitos para acceder a la baja temporal del autónomo

Estos son los principales requisitos que exigen para poder pedir la incapacidad laboral:

  • Estar dado de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Estar al día en los pagos y, si no, abonarlos en el plazo de un mes.
  • Haber cotizado en la Seguridad Social, por lo menos, 180 días.

Cómo se tramita la baja laboral del autónomo

Para formalizar la baja es necesario presentar la siguiente documentación en la oficina de la Seguridad Social o la Mutua correspondiente (lamentablemente, no es posible realizar este trámite de manera telemática):

  • Los justificantes médicos de la baja laboral.
  • Demostrar que estás dado de alta y que ya has cotizado durante 180 días.
  • Tu DNI original o una fotocopia compulsada (si te la gestiona una tercera persona)
  • La solicitud de baja impresa. Puedes descargarla a través de este enlace.
  • Los justificantes de pago de los últimos tres meses de cuota.
  • Especificar en qué situación de actividad se queda tu empresa durante tu ausencia. Si tu empresa la gestionará otra persona, si cesará la actividad de forma temporal o definitiva, etc.

 

El periodo para realizar todo el trámite es de quince días desde la baja médica. Una vez obtenida la baja laboral, el individuo deberá presentarse cada seis meses con los informes médicos correspondientes en su oficina de la Seguridad Social o de la Mutua si aún no ha mejorado.

Ahora ya sabes que es posible pedir la baja laboral del autónomo, cuáles son los requisitos que necesitas cumplir y qué trámites debes formalizar para conseguirla. ¿Necesitas gestionar tu baja laboral y tienes alguna duda? Desde AKELA ponemos a tu disposición todo un equipo de profesionales especializados en ciberderecho y negocios digitales. No dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto para que resolvamos todas tus dudas. ¡Estaremos encantados de ayudarte!